Piedras Preciosas

Topacio natural Fumé
Antiguamente se nominaban como "piedras preciosas" solamente al diamante, rubí, zafiro, esmeralda y perla legítima, aún cuando esta última no es una piedra sino un material orgánico, a las demás piedras se les llamaba "semipreciosas". Últimamente el término semi precioso está en joyería absolutamente prohibido y es universalmente reconocido designar como piedras preciosas a aquellas gemas que tienen valor en la orfebrería, joyería y que son susceptibles detallar.

Considerando de sumo interés para nuestros lectores transcribiremos algunos artículos de la reglamentación de CIBJO (Confederación Internacional de la Joyería Orfebrería Diamantes, Perlas y Piedras) que se refieren al tema.

A. SUSTANCIAS NATURALES. El término "genuino" es sinónimo de "natural" y se refiere exclusivamente a sustancias que han sido formadas completamente por la naturaleza sin intervención humana alguna.

A.1. PIEDRAS PRECIOSAS, GEMAS Y PIEDRAS ORNAMENTALES. Las piedras preciosas, gemas y piedras ornamentales son minerales y rocas que se han formado en depósitos naturales sin intervención del hombre.

Piedras sintéticas,
 Circón, Rubí, Zafiro azul , Topacio
Art.5.       PIEDRAS COLOREADAS ARTIFICIALMENTE. a) Piedras que han sido coloreadas, o su color mejorado mediante tratamiento físico, tratamiento químico o físico-químico:
*)cuyo color hayan sido alterado por irradiación o por bombardeo nuclear por ejemplo, Diamante, Zafiro amarillo, Kuncita, etc.
**)cuyo color haya sido alterado por tratamiento químico, por ejemplo, ópalo negro teñido, jade teñido, etc.
***) que hayan sido recubiertas por depósito de una capa externa, por ejemplo: Zafiro, zircon, etc. DEBERÁN ser designadas como TRATADAS, y el nombre mineral de la variedad deberá ser empleado.

b.. Todas las gemas modificadas artificialmente para imitar el color y el aspecto de otra piedra o variedad dederá ser asignada como tal, sin ambiguedades por ejemplo:  Jade Azul teñido.

Cuarzo natural arborizado
c.. Quedan excluidas de los preceptos especificados en el artículo 5 (a. b. ) sólo las gemas y las piedras ornamentales de la lista siguiente, que hayan sido sometidas a transformación permanente e irreversible del color mediante tratamiento térmico o por efecto de un ácido: Ágata (ágata- vetreada- cornalina- ónix- ágata verde, y ágata azul). Berilo (aguamarina- morganita). Cuarzo ( citrino prasiolita). Topacio (topacio rosa). Turmalina (en todos los colores). Zoisita (azul Tanzanita). Corindón.

d.. Está prohibido utilizar nombres de fantasía para las piedras artificialmente coloreadas, ya que podría dar lugar a confusiones.


Art.7. PROHIBICIÓN DEL TERMINO "SEMIPRECIOSAS". El término "semipreciosas" queda desautorizado y es falso. No debe utilizarse nunca y en ningún caso.

Art. 8. USO DE LOS TÉRMINOS "REAL", "PRECIOSA", "GENUINA" Y OTROS.
Cuarzo natural rutilado 
a) Los adjetivos "real", "preciosa", "natural" u otras expresiones se refieren exclusivamente a gemas naturales y a perlas naturales, y solamente se podrán utilizar para designar las sustancias naturales que se definen en los apartados A-A-3.
b) Es inadmisible que estas expresiones se utilicen como descriptivas de los artículos o sustancias, que se definen en los apartados B-B3, que sean fabricados o producidos, o cultivados por la habilidad del hombre en una forma que pueda inducir a error o engaño.

Comentando el reglamento CIBJO nos parece muy acertado ya que el término "semiprecioso" se prestaba para confusión y para malos entendidos, porque con la mejor buena fe se podía aplicar a piedras sintéticas, de imitación o tratadas.
Cuarzo natural rutilado

Por otra parte resultaba injusto dejar al margen del término "piedra preciosa" a muchas gemas que teniendo la misma composición físico química por capricho se les había dejado fuera de este privilegio., es así como la esmeralda, que como todos sabemos, es un berilo, era y seguirá siendo "piedra preciosa" y no lo era así el resto de sus piedras congéneres como son: el aguamarina, el berilo dorado o heliodoro, la morganita, y otras. Igual caso sería el de la familia de los corindones como  es el caso de el zafiro amarillo, rosa, verde, purpura y violeta. Tampoco era de justicia que quedaran en segundo plano gemas tan hermosas como las tourmalinas, amatistas y tantas otras. Así que a los que les gusta el tema tomen nota del término "semipreciosa",  no debe utilizarse.


 Por: Alejandro Glade R.

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